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#LaVerdadDeLaCaza

#NoALaCaza

Hemos solicitado al Consejo de Caza que se celebró el pasado lunes, importantes cambios como:

  • La supresión de la media veda dado que las especies que se cazan en este periodo, sobre todo la codorniz y perdiz, han sufrido un descenso considerable a causa de la agricultura intensiva. No es razonable seguir con este periodo de caza cuando cada día las capturas son menores[1].

 

  • Exigimos el fin de la caza de mesocarnívoros como el zorro, entre otros, dado que es una práctica contraproducente si queremos un medio natural rico y diverso. Al mismo tiempo existen muchas quejas de los agricultores sobre la abundancia de conejos. Matar a sus depredadores naturales es perjudicial para el control efectivo de controlar las poblaciones de conejo, dado que la caza, como instrumento de control de especies cinegéticas abundantes, nunca ha sido efectiva[2] [3].

 

  • Respecto a la munición empleada. Basta de plomo; por los perniciosos efectos que tiene este metal en la salud de los riojanos. Existe ya munición de acero, que deberían emplearse.

El plomo es un vertido tóxico y peligroso[4] con daños para la salud por entrada en la cadena alimentaria y acumulación exponencial a medida que se eleva en la pirámide ecológica, hasta llegar a nosotros por varias vías: por flora (fruta y verdura), fauna (carne y pescado) o agua.

  • Exigimos que se hagan públicos los estudios de las poblaciones de especies objeto de Caza en los que se han basado para la presente Orden de Caza, tal y como establece la Ley[5].
  • Solicitamos incluir en la orden de vedas planos con suficiente detalle de la delimitación de las zonas húmedas de La Rioja, así como de su zona tampón de 100 metros alrededor de éstas, para información pública y control de la munición de plomo.

 

  • Respecto a las especies, su caza es injustificable, como en el caso de:

 

  1. c) Aves migratorias:

Becada[6], codorniz, zorzal alirrojo, zorzal charlo, zorzal real, estornino pinto.

 

  1. d) Aves acuáticas:

Ánade friso, silbón europeo, cerceta común, porrón común, cuchara común, ánsar común3.

 

Se tratan de especies que están sufriendo un importante descenso poblacional, no debiendo autorizarse su caza. Bajo ningún concepto.

 

Esperamos que estas propuestas sean tenidas en cuenta a la hora de aprobar esta orden por la que se fijan las limitaciones y períodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la temporada cinegética 2024-2025 en beneficio de la salud de la población de La Rioja y del medio ambiente.

 

En Logroño, 26 de abril de 2024

 

[1] Desde la Federación Riojana de Caza, su presidente, Eduardo Cornejo, reconoce que “las perspectivas son malísimas” para esta temporada de media veda, sobre todo, porque “la presencia de la codorniz es testimonial”. https://www.eldiario.es/la-rioja/comienza-la-media-veda-en-la-rioja-con-perspectivas-malisimas_1_11200759.html

[2] https://www.eldiario.es/la-rioja/la-rioja-baja-tomada-por-los-conejos_1_11098518.html

[3] https://www.eldiadelarioja.es/noticia/z02997c05-e132-afe5-a12c4479affc8d73/202303/los-conejos-asolan-media-espana

[4] La exposición a plomo se ha asociado con efectos a nivel del desarrollo neurológico, mortalidad

(principalmente debido a enfermedad cardiovascular), disfunción renal, hipertensión, así como

alteraciones de la fertilidad y durante el embarazo. La IARC lo ha clasificado como Grupo 2B

(posiblemente cancerígenos para el ser humano). Calidad del agua de consumo humano en España

2019 Mº Sanidad https://www.sanidad.gob.es/profesionales/saludPublica/docs/INFORME_AC_2019.pdf

[5] Artículo 35. Orden anual de caza. 1. La consejería competente, oído el Consejo de Caza de La Rioja, aprobará la orden anual de caza aplicable, cuya planificación se basará en el estudio de las poblaciones de especies cinegéticas, con carácter general, a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en la que se determinarán, al menos, las especies cinegéticas que podrán ser objeto de caza en la temporada correspondiente. Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja. BOE núm. 162, de 7 de julio de 2022

 

[6] La comparación de la distribución obtenida con el I y II Atlas de aves reproductoras (1998-2002 y el de 2014-2018; Purroy, 1997; Martí y Del Moral, 2003), muestra una fuerte contracción en el área de ocupación, siendo del -24% para el conjunto de España, especialmente en los sectores más occidentales y meridionales de su distribución y que corresponden con los núcleos cantábricos y del sistema Ibérico, lo cual contrasta con una mayor ocupación de los núcleos más altimontanos pirenaicos. Aunque no se puedan descartar ciertos sesgos del muestreo dado que se trata de una especie de difícil detección que precisa de protocolos de censo específicos, la especie muestra un desplazamiento de su área de distribución europea hacia el norte, con contracción de sus núcleos periféricos más sureños, en relación con cambios en la disponibilidad de alimento o por el cambio climático (Keller et al., 2020) https://atlasaves.seo.org/ave/chocha-perdiz/

3 Así como la población invernante está bien cuantificada anualmente, no sucede lo mismo con la población nidificante; de esta solo se dispone de datos globales de 2007, cuando se estimó su población en 10 parejas (Palomino y Molina, 2009). Actualmente, en base a datos puntuales de diversas zonas, se podría afirmar que la población ha continuado aumentando solo en Salburúa (Álava) https://atlasaves.seo.org/ave/ansar-comun/