Presentados dos Recursos Contenciosos con petición cautelar de suspensión de caza del lobo
- El lobo se incluyó en España, en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) por medio de la Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre (BOE 21/09/2021), como consecuencia de solicitud —cursada en 2019— de ASCEL.
- Actualmente continuamos reclamando en los tribunales la inclusión del lobo en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), porque la protección del Listado es insuficiente, a tenor de las mejores evidencias científicas.
- En fecha 02/04/2025, se publicó en el BOE la Ley 1/2025 de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario. En la misma, se incorporaron algunas disposiciones adicionales, transitorias y finales, que han conducido a la desprotección de la especie en España
- En fecha 07/04/2025, ASCEL se dirigió al Presidente del Gobierno de España, al Defensor del Pueblo, y a la Presidenta del PSOE, solicitando e instando la presentación de Recursos de Inconstitucionalidad contra esas disposiciones, entendiendo que abundan los motivos a tal fin.
Lobo ibérico
- Hace escasos días (02/07/25) el Defensor del Pueblo nos comunica la presentación de ese RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD, porque entiende que -efectivamente- la desprotección está fuera de nuestro marco legal.
- Ahora ASCEL, con el apoyo de Amigos de la Tierra La Rioja, anunciamos la presentación de dos Recursos Contenciosos Administrativos contra las dos resoluciones del Gobierno de La Rioja para cazar lobos a pesar de que su población no supera los 5 grupos reproductores en toda La Rioja y solo uno de ellos se encuentra íntegramente en territorio Riojano según el último censo oficial de la especie. Solicitamos además la suspensión cautelar de la ejecución de ambas resoluciones:
- Orden AGM/36/2025, de 16 de junio, por la que se fijan las limitaciones y períodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la temporada cinegética 2025-2026 (BOR 19/06/25)
- Orden AGM/37/2025, de 17 de junio, por la que se establecen las normas para la caza mayor en batida, caza en rececho y caza menor en la Reserva Regional de Caza de La Rioja, Cameros Demanda y en los Cotos Sociales de Caza de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante la temporada 2025-2026 (BOR 19/06/25).
- El lobo en España, como bien jurídico a proteger, no es propiedad de una comunidad autónoma ni corresponde a ella regular su caza; eso daña a otras comunidades e invade competencias de otras diversas administraciones. Su caza puede ocasionar daños irreparables en el medio natural, dado que es una especie apical que controla poblaciones de herbívoros. Tanto desde ASCEL como desde Amigos de la Tierra La Rioja consideramos que matar grandes carnívoros como los lobos en España no tiene justificación legal, científica ni ética. Esta medida solo se emplea para contentar ciertos sectores de la sociedad que no están dispuestos a convivir con el lobo.
Logroño, 10 de abril de 2025