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Amigos de la Tierra La Rioja reclama que los planes de recuperación de especies amenazadas aprobados no sean papel mojado y demanda el cumplimiento de la Ley de 2/2023 de biodiversidad y patrimonio natural, al Ejecutivo de Capellán y Manzanos, porque las leyes, incluidas las ambientales están para cumplirse y no dejarlas en un cajón porque no les interesa.

Desde hace décadas las aves esteparias sufren un importantísimo retroceso, especialmente en La Rioja. Factores como la agricultura intensiva, la ausencia de barbechos, las concentraciones parcelarias, las transformaciones en regadío, los purines o fangos de industrias agroalimentarias y la falta de protección de estos espacios han provocado una disminución importantísima de los hábitats de las aves esteparias, incluso su extinción virtual, como en el caso del Sisón común (Tetrax tetrax).

En cuanto a normativa tenemos el Plan de Recuperación del Sisón Común, aprobado mediante el Decreto 8/2000, de 18 de febrero donde se reconocía la presencia de “entre 8 a 12 ejemplares, siendo su situación crítica”.

Posteriormente, el Gobierno de la Rioja realizó un plan de gestión para todas las aves esteparias mediante el Decreto 55/2014, de 19 de diciembre, . donde se contemplaba un diagnóstico, correspondiente al año 2014 y unos objetivos poblacionales que se deberían alcanza por norma.

Para remediar parcialmente esta situación, hemos elaborado este cuadro de síntesis con la información oficial publicada en el plan de recuperación de aves esteparias, incluyendo los objetivos de conservación fijados por ley, y hemos actualizado los datos disponibles a partir de dichas fuentes públicas, añadiendo una columna final para evaluar el grado de cumplimiento de dichos objetivos mediante iconos de satisfacción populares que reflejen visualmente dicho grado. Como se puede comprobar, el panorama es desolador para la mayoría de las especies objetivo, e incluso se ha reconocido la extinción del Sisón común (Tetrax tetrax) en sesiones pasadas del Consejo Asesor de Medio Ambiente. Por todo ello, creemos justificado afirmar que (a) la situación es mucho más grave y alarmante que la encontrada en el año 2015, y (b) que la aprobación del plan de gestión de aves esteparias no ha servido para mejorar el estado de conservación de dichos hábitats y especies, de lo cual el Gobierno de La Rioja es responsable único por su inacción,

 

 

 

Especie Población

2014 (*)

Objetivos

(*)

Actualidad Grado de cumplimiento
Sisón común

(Tetrax tetrax)

Entre el año 2000 y el 2012 la población nidificantes del sisón en La Rioja ha experimentado altibajos con un mínimo de 1 territorio en 2000 y un máximo de 15 en 2008 Mínimo de 20 machos territoriales distribuidos en al menos 3 zonas esteparias a lo largo de la mitad oriental del valle del Ebro  

Sin presencia de población estable

Otros datos:

Machos territoriales 1998-2018

Aguilucho cenizo

(Circus pygargus)

En el año 2012 se censaron 45 parejas frente a las 58 del año 2001. Los trabajos de seguimiento anual de nidos sugieren una población en el intervalo entre las 45 y 70 parejas, que fluctuaría entre años. Mínimo de 80 parejas reproductoras distribuidas en al menos 10 zonas cerealistas de la región desde La Rioja Baja a La Rioja Alta Desde 1996 se vienen aplicando medidas para salvar nidadas y, aunque no se censa toda la población, se estima un tamaño regional de 45-70 parejas que fluctúa entre años. En la última década se aprecia una tendencia negativa.
Cernícalo primilla

(Falco naumanni)

Entre el año 1999 y el 2012 la población de cernícalo primilla ha tenido un crecimiento sostenido durante ocho años, partiendo de 3 parejas en 1999 y llegando a un máximo de 37 en 2006 Mínimo de 50 parejas reproductoras en al menos 3 zonas esteparias a lo largo de la mitad oriental del valle del Ebro 5 parejas en 2018.
Ganga ortega

(Pterocles orientalis)

Su población en el año 2001 se fijó en unas 13-16 parejas reproductoras, aunque anteriormente en 1990 llegó hasta las 50 parejas. En la actualidad (año 2012) su presencia en La Rioja como reproductora es testimonial (1-2 parejas). Mínimo de 50 parejas reproductoras en al menos 3 zonas esteparias a lo largo de la mitad oriental del valle del Ebro Censo 2015

5 – 7 parejas (10 – 14 aves)

 

Ganga ibérica

(Pterocles alchata)

Su población era de unas 14-16 parejas a principios de los años 90, de unas 5-6 parejas en el año 2001 y de tan solo 1 pareja en 2012 Mínimo de 10 parejas reproductoras en al menos 2 zonas a lo largo de la mitad oriental del valle del Ebro. Censo 2015

En 2015 había solo 22 – 25 parejas.

 

Por todo ello, Amigos de la Tierra La Rioja reclama al ejecutivo regional la adopción de medidas urgentes con las aves esteparias:

 

  • Modificar la Directriz de protección del suelo no urbanizable de La Rioja para que no se permitan nuevas roturaciones de áreas esteparias, ni regadíos, ni plantaciones de almendros u olivos en superintensivo o más viñedo.
  • Protección efectiva de las áreas esteparias de Alfaro y Pradejón, Murillo de Río de Leza con la figura de Reservas naturales.
  • Ampliación de la protección a toda el área de saladares y estepas de Cofín y no solo al espacio lacustre de Cofín.
  • Actualización del censo de estas aves y su divulgación pública.
  • Regular de forma más efectiva el pastoreo y el resto de actividades humanas en estas zonas, para evitar la pérdida de calidad de hábitat.
  • Impedir las instalaciones de energéticas, tanto renovables como no renovables, así como de otro tipo de infraestructuras (viarias, etc.).
  • Dada la actual crisis del sector vitícola y los previsibles arranques de viñedo, el Departamento de Noemí Manzanos debería priorizar esas actuaciones en el entorno de estas zonas, para incrementar la superficie que se podría restaurar para disponer de nuevos hábitats esteparias, en consonancia con las nuevas obligaciones europeas del Reglamento de Restauración de la Naturaleza, adelantándose con planificación y responsabilidad, incluso a futuras sanciones si no cumple con esa norma de obligado cumplimiento en toda la Unión Europea

 

En Logroño, 19 de noviembre de 2023

 

Fuente:

(*) Decreto 55/2014, de 19 de diciembre, por el que se aprueban los planes de gestión de determinadas especies de la flora y fauna silvestre catalogadas como amenazadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja